ASISTENCIA TÉCNICA SOBRE EL MODELO DE INTEGRIDAD EN LAS ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

¿ QUÉ DEBEMOS ENTENDER POR INTEGRIDAD PÚBLICA?

Es la actuación coherente con valores, principios y normas, que promueven y protegen el desempeño ético de la función pública, de modo que los poderes y recursos confiados al Estado se dispongan hacia los fines que se destinaron, asegurando que el servicio público a la ciudadanía se oriente al interés general y a la creación de valor público.

¿QUÉ DEBEMOS COMPRENDER POR ”MODELO DE INTEGRIDAD”?

Es el conjunto de orientaciones organizadas de manera sistémica en componentes, para fortalecer la capacidad de prevención y de respuesta de las entidades públicas frente a la corrupción y diversas prácticas antiéticas. Supone el desarrollo de un trabajo articulado y colaborativo entre las unidades de organización para implementar el enfoque de integridad pública, incluyendo el cumplimiento de normas, la adopción de buenas prácticas de integridad; así como la implementación de directrices, lineamientos, guías, herramientas y mecanismos necesarios para su implementación.

COMPONENTES DEL MODELO DE INTEGRIDAD

Encargado del modelo de integridad:

Asume el rol de articulador del Modelo.

Acompaña, orienta y monitorea a las unidades de organización sobre la correcta y oportuna implementación de las normas, herramientas y mecanismos. Además, asesora de forma especializada y permanente a la Alta Dirección y demás servidores de la entidad. Tiene bajo su cargo el seguimiento del Programa de Integridad.

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 223-2025-MPRS-J/A

ARTÍCULO PRIMERO. – APROBAR la CONFORMACIÓN DE LA UNIDAD FUNCIONAL DE INTEGRIDAD INSTITUCIONAL (UFII) en el interior del despacho de Gerencia Municipal de la Municipalidad Provincial de San Román – Juliaca, en el marco de lo dispuesto en la Directiva N° 001- 2024-PCM/SIP “Directiva para la incorporación y ejercicio de la función de integridad en las entidades de la administración pública”.

ARTÍCULO SEGUNDO. – DESIGNAR al GERENTE MUNICIPAL como OFICIAL DE INTEGRIDAD de la Municipalidad Provincial de San Román – Juliaca, en concordancia con lo establecido en el numeral 5.8. de la Directiva N° 001-2024-PCM /SIP, garantizando el cumplimiento de las normas y políticas en materia de Integridad Pública.

Compromiso de la Alta Dirección:

Evidencia el liderazgo del titular de la entidad y la máxima autoridad administrativa para el fortalecimiento de las condiciones que contribuyen a la implementación del Modelo de Integridad, lo que incluye sostener y mejorar los resultados alcanzados en cada componente del Modelo; y, de manera general, el ejercicio de un liderazgo ético en la entidad pública.

Fortalecimiento del órgano que ejerce la función de integridad

  • Creación de una oficina de integridad institucional, de acuerdo a la Directiva 001-2024-PCM-SIP.

Visibilidad de la integridad como objetivo institucional de la entidad

  • Incorporación del enfoque de integridad pública en los documentos de gestión y planeamiento.

Gestión de riesgos:

Presupone la aplicación de la debida diligencia y el desarrollo de tareas requeridas para la identificación, valoración y tratamiento de los riesgos que afectan la integridad pública; así como, el seguimiento de las medidas de prevención y mitigación, con la finalidad de reducir la vulnerabilidad a la corrupción y prácticas contrarias a la ética en los procesos misionales y de soporte de la entidad pública.

Identificación, evaluación y mitigación de los procesos o actividades que generen riesgos que afecten la integridad pública, como mínimo:

  • Contratación pública
  • Gestión de recursos humanos
  • Transparencia y acceso a la información pública.
  • Denuncias y protección al denunciante.
  • Provisión de servicios públicos.

Mapa de riesgos y controles

  • Elaborar y actualizan periódicamente el mapa de riesgos

Normativa:
Resolución de la Secretaria de Integridad Pública N° 01-2023-PCM/SIP “Guía para la Gestión de Riesgos que afectan la Integridad Pública”
Se requiere capacitar a las áreas con rol técnico, en materia de la Guía para la Gestión de Riesgos de corrupción e inconducta funcional.

Políticas de integridad:

Reúne el conjunto de políticas internas, medidas y disposiciones sobre idoneidad, transparencia, probidad, gestión de obsequios, gestión de intereses, conflictos de intereses, entre otras materias, establecidas de manera obligatoria o facultativa en la entidad, como estándares de cumplimiento y buenas prácticas, en el marco de la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción.

  • Código de conducta
  • Prevención y mitigación de conflictos de intereses
  • Debida diligencia según las partes interesadas
  • Incentivos y reconocimiento al personal
  • Contratación de personal
  • Acciones de integridad y lucha contra la corrupción institucional

Transparencia, datos abiertos y rendición de cuentas:

Constituye el acceso oportuno a la información pública, promover la apertura de datos; así como, acreditar la predisposición de la entidad pública a informar y responder públicamente por sus acciones ante la ciudadanía y otras partes interesadas.

Transparencia activa: Las entidades de la administración pública están obligadas a poner a disposición del público la información que se señala en la Ley N° 27806, sin que sea necesaria solicitud de parte. (Artículo 5 de la Ley N.º 27806)

  • Registro de visitas en línea y módulo de agendas oficiales.
  • Portal de transparencia estándar (PTE) y canal virtual para la recepción de solicitudes de acceso ala información pública.

Transparencia pasiva: Toda persona tiene derecho a solicitar y recibir información de cualquier entidad de la administración pública, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 27806. (Artículo 3 de la Ley N.º 27806)

  • Solicitudes de acceso a la información pública atendidas oportunamente durante el año evaluado.

Normativa:
Ley N° 27806, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2019-JUS
Reglamento de la Ley N° 27806, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2024-JUS
Referencia: Numeral 6.1 de la Directiva N° 001-2022-PCM/SIP

Transparencia Datos abierto

Controles y auditoría:

Requiere acreditar el cumplimiento del control interno y las solicitudes del órgano de control institucional, así como con las auditorías en los casos que corresponda, para acreditar el buen uso de los recursos públicos.

Implementación del Sistema de Control Interno
  • Segundo Reporte de Seguimiento del Plan de Acción Anual, periodo 2024
  • Reporte de Evaluación Anual de la Implementación del SCI, periodo 2024
  • Plan de Acción Anual – Sección Medidas de Remediación, periodo 2025
  • Plan de Acción Anual – Sección Medidas de Control, periodo 2025
  • Primer Reporte de Seguimiento del Plan de Acción Anual, periodo 2025
  • Reporte de Evaluación Semestral de la Implementación del SCI, periodo 2025

Control Gubernamental – OCI

El órgano que ejerce la función de integridad coordina de manera permanente con los funcionarios y unidades orgánicas auditables para que actúen con diligencia cautelando la atención completa y oportuna a las solicitudes de información y documentación. Asimismo, coordina de manera permanente la implementación las recomendaciones contenidas en los informes de control, a fin de cumplir con las acciones y plazos.

Controles y Auditoria

Comunicación y capacitación:

Presupone la ejecución continua de actividades de difusión, sensibilización y promoción de los estándares y buenas prácticas de integridad dirigidas al personal, independientemente de su vínculo laboral o contractual, así como a los ciudadanos o agentes externos que se encuentran bajo el ámbito de competencias de la entidad pública, para el fortalecimiento de la cultura de integridad.

  • Inducción en integridad a nuevos servidores públicos
  • Capacitación permanente en políticas de integridad
  • Comunicación de Política de Integridad a las partes interesadas.
  • Evaluación del clima laboral
  • Evaluación del nivel de satisfacción de las partes interesadas

Canal de denuncias:

Implica acreditar la adopción de mecanismos de denuncia para advertir la ocurrencia de posibles prácticas antiéticas o corruptas, incluyendo la adecuada canalización, atención y seguimiento de las denuncias; así como el otorgamiento oportuno de las medidas de protección al denunciante en los casos que corresponda.

Implementación del canal de denuncias

El órgano que ejerce la FI cautela y supervisa el cumplimiento de lo establecido en el DL N° 1327 y su reglamento aprobado con DS N° 010-2017-JUS. Asimismo, lidera la implementación de la Plataforma Digital Única de Denuncias del Ciudadano. La difusión es a cargo de la oficina de comunicaciones.

Mecanismos de protección al denunciante

El órgano que ejerce la FI establece directrices que permitan cautelar el otorgamiento de las medidas de protección al denunciante conforme a lo dispuesto por el DL N° 1327 y su reglamento aprobado con DS N° 010-2017-JUS

Supervisión y monitoreo del Modelo de Integridad:

Implica el seguimiento periódico que efectúa la entidad pública sobre su avance en la implementación del Modelo de Integridad, incluyendo la revisión del Programa de Integridad, para adoptar medidas oportunas destinadas al cierre de las brechas advertidas. La supervisión y monitoreo se efectúa con independencia de cualquier evaluación externa sobre la implementación del Modelo de Integridad.

Evaluación de efectividad de los componentes del modelo de integridad

El órgano que ejerce la FI registra la información correspondiente al desarrollo del MI a través del Índice de Capacidad Preventiva frente a la corrupción, de manera obligatoria y permanente.

PRINCIPIOS

QUE ORIENTAN LA IMPLEMENTACIÓN DEL MODELO DE INTEGRIDAD